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Racionalidad e Interés en la Sociedad Actual.

 

El pensamiento filosófico de Habermas está relacionado con los ideales capitalistas de Marx, pero con unas connotaciones sociales que van a dar el desarrollo del ser humano y de la cosmología a la que intenta explicar él mismo.

En este ensayo trataremos de definir desde una perspectiva subjetiva que entendemos con relación a Habermas por materialismo histórico, el carácter, la emancipación y el carácter hermenéutico que tiene el ser humano con relación a la adversidad a la que todos los días tiene que vivir.

Para Habermas, el conocimiento es de vital importancia y como toda cosa de la vida del ser humano está sujeta a un interés en particular, el problema es saber qué interés acarrea obtener un nuevo conocimiento. También hablaremos de la crítica a la praxis que desmejora y desmerita la capacidad de la teoría en la connotación de la mentalidad y del pre-conocimiento del ser humano, que es quizás, lo más importante para el ser humano a raíz del pensamiento trágico de la antigua Grecia. Para agregar y por último queremos hablar sobre la relación de la doxa y la epistéme con la sociedad de hoy en día con relación a la crítica de Frankfurt.

 

 

Orígenes de la palabra teoría, y su significado aplicado a la sociedad.

 

Nosotros creemos que el profesor Habermas intentó darle un significado a la sociedad por medio de un mecanismo emancipatorio como el lenguaje. Éste mecanismo va a tener un carácter emancipador ya que el lenguaje, por ser lo único que conocemos a cabalidad, es la mejor manera de generar un espíritu autoreflexivo que libere al propio conocimiento de todas aquellas normas y reglas hipostasiadas socialmente; es decir, a partir de la emancipación del ser humano por el lenguaje va a existir un materialismo histórico puro, donde el hombre se va a interesar científicamente por su origen, y más exactamente por el origen de la cosmología, ya que como menciona Habermas, el interior del ser humano tiene la misma existencia y el mismo funcionamiento que la cosmología.

Nosotros pensamos que para promover una ciencia, debe existir una cultura, sin cultura no existe ciencia con valores, esto es en contraste con el pensamiento positivista donde solo importaba lo dado, no importaba el factus. Pero para que exista la ciencia obligatoriamente se debe dar la palabra teoría. El origen de ésta palabra proviene más exactamente y más acorde a la metodología antropológica en la antigua Grecia donde Habermas afirma “La palabra teoría se remonta a orígenes religiosos: theoros se llamaba el representante que las ciudades griegas enviaban a las festividades públicas” (Habermas. Conocimiento e Interés. Ciudad: .Editorial Taurus ,1968. Pg. 159).

 

El carácter hermenéutico en el ser humano es la capacidad de goce de las cosas, más exactamente del estudio, para Platón, el ser humano podía hacer uso de la capacidad de gobernar una vez había aprendido lo necesario, y para que exista la capacidad de llenarse del conocimiento necesario debe estudiar 50 años, es decir, la política es solo para los viejos, para las personas sabias que suponiéndose son las personas que mejor van a poder controlar lo que significa el poder de la política en la sociedad. Entonces el saber hermenéutico del hombre es saber manejar los conocimientos que va aprendiendo a medida que va  creciendo en la vida, ya que por carácter natural el hombre es un ser en aprendizaje y hasta el final de sus tiempo intenta descifrar y a medida que va avanzando en su vida van cambiando sus posturas con respecto a sus pensamientos, ya que por naturaleza el ser humano es un ser cambiante.

 

Los intereses de la vida, como se maneja el ser humano en sociedad y los pensamiento que existen sobre la misma (capacidad de conocimiento del pueblo actual).

 

Muchos pensaran que obtener alguna cosa en la vida humana no significa que la hayamos conseguido de forma a un interés, es decir, en mira a un interés en particular que generalmente va a beneficiar a las personas en su uso. Por ejemplo hablar de un conocimiento de la vida humana en sociedad obtiene un interés descriptivo. Éste interés intenta mostrar al mundo tal cual como es. Nosotros mostrándolo de una forma empírico analítica, queremos decir que el ser humano intenta saber cómo funciona la sociedad, dándole un carácter sociológico al conocimiento que se ha conocido; pero también debe existir una tendencia a las leyes, donde se da un conocimiento de la nomología a la que está sujeto el ser humano; intentando también, dar una descripción de las cosas que pasan diariamente; teniendo una actitud para entender y poder comprender las acciones que se generan socialmente con los sentidos y en sentido racional, dándose una transformación social, y como hablábamos anteriormente, generandose una emancipación por medio del lenguaje y del conocimiento que poco a poco el ser humano va generando con relación a los demás.

Habermas también menciona el interés práctico del ser humano. Éste interés trata sobre el interés que el ser humano tiene en el conocimiento antropológico, es decir, en el momento en que se pregunta y se va en búsqueda del conocimiento práctico de la vida y del entendimiento que tiene el hombre, como también la expansión de las posibilidades que como ser humano tiene acceso donde existirán interacciones mutuas de pensamiento y de entendimiento que a su vez le va a generar una capacidad de autoentendimiento pero con relación a la antropología del hombre.

El interés técnico es enteramente intersubjetivista del ser humano, donde de una manera antropológica intenta dar conocimiento de los sucesos que ocurren diariamente en el entorno de la naturaleza, mientras que en el segundo se intenta dar una reflexión crítica.

En la antigua Grecia la doxa era el conocimiento vago y mínimo que debía tener toda la sociedad, es decir, los mínimos intereses y conocimientos sin la preocupación de encontrar una fenomenología trascendental donde se pudiera permitir que las cosas se muestren realmente como son, solo se tiene un pensamiento de lo dado sin la necesidad de la búsqueda de qué significa cada cosa y poniendo el problema en un primer plano no se da una intensión de demostrarse que las cosas se muestran tal cual como son si no tal cual como lo ve cada quien, entonces existen muchísimos métodos. Mientras que la episteme de la sociedad son el grupo minimizado en un reducido grupo de personas que se interesan por los problemas que existen en la sociedad, que le dan un interés a las ciencias naturales y a las ciencias sociales, ya que las dos están intrínsecamente inseparadas. Ésta es la razón del conocimiento de la vida del ser humano y de aquí desembocan todos los interés que tienen las personas ideológicamente hablando.

Hablar de un positivismo en el  conocimiento antropológico del ser humano es un tanto inesperado e ineficaz, ya que el positivismo habla del objetivismo de la persona ante toda las cosas de la vida, sobre todo a las leyes, donde las leyes son objetivas para toda la sociedad donde cada individuo está sujeto a una intersubjetividad, es decir la subjetividad de la persona no puede ser opacada por una objetividad total que debe ser aplicada a todos, por eso, según los positivistas no pueden existir prejuicios propios, entonces ya cada persona tiene que seguir unos ciertos parámetros de las demás personas donde se debe dar un carácter de que todos son homólogos a mí y que todos piensan igual que yo, donde no existe una individualidad de las personas y no existe una individualidad en el proceso de conocimiento del as personas, viendo de esta forma es un problema gravísimo ya que la sociedad necesita obligatoriamente tener prejuicios propios, tener una diferencia con el otro, pero con una unidad que no puede negarse; además que el creer no tener prejuicios con los demás e intentar suprimirlos es el mayor prejuicio que puede tener el ser humano, por eso se da un conocimiento y un interés, ya que no se puede dar una diferenciación entre las dos y tiene que existir el pensamiento de que no existe una teoría pura en el pensamiento del ser humano.

Este pensamiento conlleva al pensamiento que el instituto intento criticar y evitar a toda costa, pero que a la larga todos los pensadores terminan siendo o teniendo un carácter fascista dentro de sus capacidades cognoscitivas, ya que en el fascismo no se daba espacio a la diferencia, la diferencia no puede existir en éste método radical donde la racionalidad de cada persona se ve reducida a una racionalidad parcial y mayoritaria.

Hablar de una fenomenología con una fuerza terapéutica es mostrar como se ve el otro con diferencia a mí mismo, es decir a partir de mi se van a regir los pensamientos y la diferencia de las demás, se muestran normas que son necesarias para el pensamiento puro, son leyes para una razón que no sea practica donde no se pueda dar una voluntad libre y se tenga que dar una eficacia poco practica para la fenomenología del ser humano, donde se da paso al positivismo que tanto hemos criticado donde se sustrae el concepto de lo que conocemos hoy en día como teoría. Así que cuando hablamos de una fenomenología hablamos de que existe una diferencia de uno mismo, que existe una otredad del pensamiento que nosotros tenemos, un claro ejemplo de esto es que la otredad del pensamiento eurocentrista es la otredad que existía en los pensamientos indígenas en el momento del descubrimiento y de la conquista.

Para finalizar esta gran conclusión de este texto tan complejo de Habermas, queremos decir que uno de los objetivos del mismo eran darle mayor capacidad al carácter emancipador que tiene el hombre, es decir de la teoría y del uso del lenguaje en vanguardia de la misma, abriendo paso a la diferencia y al reconocimiento del pensamiento de cada persona en la sociedad, donde no podemos imponer nuestros pensamientos a los demás. Debe existir una libertad en relación con cada persona donde mi propia personalidad debe estar basada en la otredad de la otra; donde el conocimiento va a generar el interés que nos va a regir mejor a cada uno.

Bibliografia

 

MCCARTHY, Thomas. La teoría crítica de Jürgen Habermas. Ed. Tecnos

HABERMAS, Jürgen. Ciencia y tecnología como ideología, conocimiento e interés. Mexico (1993).

 

Sistemas autoritarios. Poder como herramienta de dominación.

 

 

 

Hablar de la Argentina del 76, es hablar de la catástrofe que genera un gobierno autoritario. Pero para empezar esta pequeña crítica definiré primero que es autoritarismo: es un modo de gobierno donde una persona o un grupo pequeño de personas deciden tomar el poder de un Estado implantando ordenes y leyes de carácter subjetivo e inmoral, irrumpiendo con los derechos de los ciudadanos y privándolos de una “libertad” donde es obligatorio obedecer el nuevo sistema de gobierno. Estos sistemas se dan cuando es derrocado un presidente por golpe de Estado ya sea por un mal gobierno o por puros interés de poder.

Ahora bien, en esta pequeña crítica deseo centrarme en los abusos de poder de un gobierno autoritario y los problemas que genera dentro de una sociedad. También la pérdida de los derechos fundamentales como seres humanos y la implantación de un sistema del terror generándose un Estado del terror; explicar porque el pueblo sufrió las consecuencias de esta guerra. Y como segunda gran tesis mostrar que el poder es una herramienta de emancipación utópica y la ineficacia de un gobierno autoritario

 

 

Ésta instauración permanente de un gobierno militar conllevo a un terrorismo de Estado por el cual, mediante el uso de fuerzas armadas secretas, el gobierno secuestro millares de personas, violando los derechos humanos de las personas. Se presentaron desapariciones forzosas de personas inocentes; se dio una prohibición contra partidos políticos de oposición como también prohibición de un ideal diferente al establecido en el nuevo gobierno.

Como se ilustró en la película, en Argentina existieron múltiples centros de reclusión clandestinos donde torturaban a presuntos guerrilleros. En estos centros las personas, salvaguardadas por el Estado, abusaron del poder que no se les había otorgado; como el uso de la fuerza en contra de seres humanos irrespetándoles sus derechos fundamentales. Los objetivos de las torturas eran principalmente dos: implantar una cultura del terror mostrando que nadie podría sublevarse contra el Estado y que era mejor unirse a él o morir en el intento; y desmantelar las guerrillas de ideales opositores con el fin de eliminar la competencia y no tener problemas más adelante en el proceso de gobernación del pueblo argentino. En un gobierno autoritario es imposible sobrevivir como opositor al régimen, por tal razón, la cultura de la legalidad era basada por una subjetividad única del mandatario, ya que se busca evitar una revolución y un golpe de Estado. Por eso es que digo que los golpes de Estado solo pueden generarse a partir de algún ente de las fuerzas militares, ya que necesita apoyo armamentista en la búsqueda de una conquista nacional.

Como bien se sabe, en el plano internacional está mal visto instaurar un régimen autoritario así que lo refugian instalando entes institucionales que tendrían la función de controlar el poder del ejecutivo, es decir del mandatario. Pero como las instituciones son montadas por él mismo simplemente son “instituciones de bolsillo” donde el mandatario mantendrá una fachada internacional sin que se afecte su poderío interno autoritario.

Desafortunadamente para un país que este bajo el yugo de un mandatario autoritario son muy pocas las posibilidades de supervivencia dentro del régimen, por eso en Argentina se presentaron un sinnúmero de desapariciones y de asesinatos de personas que fueron acusadas de seguir a la oposición.

Muchos teóricos del derecho dicen que un sistema autoritario vendría bien dentro de la sociedad, el problema es que el uso del poder en el hombre es imposible. El poder tiene la capacidad de corromper al incorruptible, por eso se hablaría de un pensamiento utópico donde la política, en sentido del poder, solo sería manejada por gente sabía, pero se sabe que la gente sabía no existe ante tal uso ineficaz de las capacidad de racionalización del hombre.

El poder es la peor arma que el ser humano ha descubierto, por eso dentro de un Estado, el poder está dividido generalmente por tres ramas: legislativa, ejecutiva y judicial. Sin esta división de poder se terminaría en un Estado totalitario o en un Estado autoritario como ocurrió en la Argentina del 76, donde los derechos humanos simplemente dejaron de existir y fueron permeados por la implantación de un ideal y de un orden inexistente. La mejor opción sería una democracia pero lastimosamente el pueblo tampoco sabe manejar el poder.

El uso de la herramienta del poder es inequívocamente un mal necesario para la vida en sociedad. Por eso la única conclusión que doy es que el Estado es un mal necesario para el hombre como menciona Bobbio, pero es mejor manejarlo en comunidad que en unidad.

 

 

Se encuentran disponibles una serie de preguntas relacionadas con la sentencia C-029/09 y la inasistencia alimentaria para las parejas homosexuales. Siéntanse libres de votar y gracias por el apoyo.

«Manda quien puede, obedece quien quiere»

Publicado: septiembre 14, 2010 de andresyoshie en Fetichismo Juridico

Las últimas políticas contra el aborto están contenidas en  la sentencia C-355 de 2006, mediante la cual la Corte Constitucional de Colombia lo despenalizó en casos como:

  • La malformación del feto.
  • El riesgo de muerte de la mujer.
  • La violación de la mujer.

Esto es un gran avance (aun incompleto) en materia de derechos de igualdad entre hombres y mujeres.

Pero abordemos el tema desde un punto de vista no tan especifico del asunto, esta ley más que una nueva normativa para regular el aborto, ha sido y ha creado una nueva concepción acerca de este tema, dejando en muchos casos de ser un tabú en la sociedad. No hace falta remontarnos muchos años atrás, cuando el aborto era considerado más que un delito, un pecado (concepción enteramente religiosa), por lo cual hacerlo era un acto demencial, castigado social, legal, y religiosamente. Y gracias precisamente a normativas como la anterior es que ahora ya el aborto es algo muy común en nuestra sociedad actual. Quiero hacer la distinción clara de que mi posición no es totalmente pro-aborto, mas sin embargo, los tres casos mencionados anteriormente si justifican realizar esta práctica.

Como podemos ver, precisamente estas normas han sido un factor de transformación social, de cambio y si se puede llamar, mas en especifico de evolución de la sociedad hacia la culturización. Claro aspecto relacionado con la eficacia simbólica de la norma, la cual nos dice que mas allá de que la norma exija un determinado acto o comportamiento, el derecho nos ayuda a modificar la percepción y el concepto social de las normas y de las situaciones implicadas, es por eso que  el aborto ya es un tema común, distanciado ya de un pensamiento totalmente clásico y conservador religioso-radical como el planteado anteriormente

Siempre estamos en constante remodelación jurídica, y más que todo, esto en la política se hace para mantener contento al pueblo, que a medida que se desarrolla, crea nuevas necesidades y modifica las anteriores. Para esta finalidad es que el derecho está constituido como un sistema de mensajes de “alivio” para la comunidad, alivio que se ve reflejado en votos y en apoyo político, así no se tenga como propósito primordial (lo cual es casi imposible), pero siempre va incluido. Esto nos deja en un juego de intereses, pero es un arma de doble filo ya que no basta solo con prometer, crear normas complacientes, calmar a la sociedad, si de esa eficacia simbólica no se puede pasar a una eficacia instrumental en sí que ya respalde el sentido de la norma. Ejemplificando, la sentencia obliga a las entidades medicas a realizar abortos en específicamente los 3 casos mencionados, pero sin embargo en algunas clínicas privadas por motivos enteramente éticos, no se es practicada así sea obligatoria, y la ley pasa a un segundo plano con un motivo de “mayor peso” para no cumplirse.

Fetichismo jurídico según Lemaitre, es la capacidad de engañar a la gente a través de normas y hacer que la gente crea en ese engaño ciegamente. Las mujeres creen en ese engaño ciegamente, al suponer que ya porque es ley, se debe cumplir a total cabalidad el aborto permitido, al creer que ya se está dando ese paso en  la igualdad de géneros, pero se estrellan con la realidad cuando les dicen que “no se practican abortos de ninguna clase por la prevalencia del derecho a la vida”. Entonces a que estamos jugando, a que no cumplo porque no quiero, porque no puedo, porque va contra mi moral, porque no me conviene, etc. Se supone que la ley debe estar por encima de eso porque es para todos por igual, sin preferencias y muchos otros elementos de un discurso político, pero como muy bien citaba Mauricio García, “Manda quien puede, obedece quien quiere”.

Andrés Felipe Tarazona T.                          201016122

El uso del derecho en una falsa democracia.

Publicado: septiembre 13, 2010 de andresoviedo en Fetichismo Juridico

La libertad de prensa es definida como la libertad que tienen las personas para consumir, difundir y crear medios de comunicación y está garantizada en la declaración universal de los derechos humanos por medio del artículo 19 que enuncia:

  • “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.”[1]

Sin embargo, la libertad de prensa en La república bolivariana de Venezuela, es de carácter muy reducido y  según algunas organizaciones como Freedom House[2], es nula. Esto debido a que el gobierno venezolano actualmente sigue una línea autoritaria, en la que se concentra el poder en una figura presidencial, se ponen en marcha los organismos estatales en pro de la ideología del mandatario y en la que las opiniones contrarias no tienen cabida y buscan ser reprimidas. En los últimos años se han visto diferentes casos en los que se demuestra la violación de estos derechos en el vecino país:

  • En 2007 no se le renovó la licencia de RCTV, que tuvo que salir del aire y limitarse a emitir desde entonces a través de una plataforma de cable.
  • En 2008 se le revocó la licencia de 34 emisoras de radio.
  • Durante el año 2009, según datos de Amnistía Internacional, cerca de 600 manifestantes han resultado heridos, al menos 14 con armas de fuego, y otros nueve murieron.
  • La decisión abortada del juez William Páez que prohibía a toda la prensa publicar imágenes violentas o de hechos de sangre bajo el argumento de proteger la integridad psíquica y moral de los infantes.

Toda ésta suma de hechos han llevado a que personas como el ex presidente de la comisión interamericana de derechos humanos, Carlos Ayala Corao, denunciara que en la última década el poder judicial venezolano ha tomado diferentes resoluciones que ponen en tela de juicio las disposiciones de la carta magna y la jurisprudencia de la CIDH[3].

En las sociedades modernas se ha venido acuñando el concepto de fetichismo jurídico, que quiere decir que las diferentes relaciones sociales que puedan nacer dentro de una comunidad y entre un numero de individuos tienden a ser analizadas y enmarcadas dentro de un cuadro jurídico, dejando de lado diferentes factores sociales, históricos y demás que resultarían bastante útiles. Por ésta razón se presenta una creciente apropiación del derecho por parte de diferentes actores, pero con significativas diferencias de fondo en el uso que estos le dan al mismo. Según Julieta Lemaitre se pueden distinguir básicamente tres usos del derecho desde diferentes percepciones  :

  • La concepción marxista: El uso del derecho es opresivo y coercitivo, pues el derecho es un elemento que pertenece al estado creado por la burguesía que propende por conservar el status quo.
  • La concepción liberal: El uso del derecho es descrito por el carácter emancipador que éste tiene al ser utilizado por los ciudadanos.
  • La concepción intermedia: El uso del derecho como instrumento de poder y de limitación de poder.

Si se analiza el caso puntual de Venezuela y las decisiones judiciales que se han venido tomando en la última década desde un punto de vista netamente nacional, se notará fácilmente que el uso del derecho que se está presentando es el que Lemaitre define desde la concepción marxista, se ha venido utilizando el derecho para justificar, promover y sostener bajo la premisa de una lucha socialista un régimen autoritario, en el cual la libertad es reprimida, los intereses y derechos públicos son disminuidos al límite más bajo, y las violaciones a los derechos humanos son cosa de todos los días. Pues los jueces convierten el derecho en un instrumento que les facilita la represión de los ciudadanos y que por medio de su aplicación permitirá la conservación de un status quo.

Sin embargo, al hacer un análisis de las diferentes resoluciones que se han tomado por parte de otros actores jurídicos como la CIDH, Reporteros Sin Fronteras y diferentes movimientos sociales en Venezuela que luchan por la libertad de prensa, se puede afirmar que estos actores les están dando al derecho un uso desde la concepción liberal, pues se presenta una apropiación del derecho para buscar una emancipación, un goce efectivo de las libertades públicas  y  una limitación del poder que puede ejercer un gobierno determinado sobre su población dentro de un territorio.

El derecho es un instrumento que posee diferentes facultades y debe ser utilizado de manera muy cuidadosa, pues puede ser útil para la consecución de una vida digna o para la degradación y opresión del ser humano, está en cada uno de los actores jurídicos la decisión sobre como utilizarlo.

Andrés Felipe Oviedo Cifuentes.


[1] http://www.un.org/es/documents/udhr/index.shtml

[2] http://www.freedomhouse.org/template.cfm?page=251&year=2009&country=7733

[3] Corte interamericana de derechos humanos.

«Políticas de Estado».

Publicado: septiembre 13, 2010 de juanosma en Fetichismo Juridico

Recientemente, leí unos artículos sobre la libertad de prensa y la libertad de expresión del  Universal. Uno de los artículos toma la problemática que existe en México sobre los indígenas que según algunos voceros se les dice que “ensucian la ciudad con su presencia”, son palabras fuertes para tratar a un ser humano. El otro artículo trata sobre uno de los muchos y ya usuales problemas en Venezuela, la libertad de prensa.

Primero tocaremos el tema de Venezuela. Es grave pensar, que ya en el siglo XXI algunos gobiernos sigan teniendo un pensamiento retrogrado y autoritario como es el caso de Hugo Chávez, presidente de Venezuela. Como bien se sabe, en Venezuela la libertad de prensa y muchos otros órganos administrativos son controlados por el autoritarismo del Estado, como la expropiación de bienes para que vengan a “forma parte del “Estado”[1]”. Ahora el problema que nos compete, la prohibición y el destierro de la cadena televisiva RCTV de Venezuela por ir en contra de los ideales del Estado bolivariano. En cierta medida es apreciable utilizar el derecho para un fin utilitarista, es decir limitar ciertos aspectos de la libertad de expresión como por ejemplo no grabar a niños o no mostrar cosas sangrientas para el beneficio de la comunidad, pero si es elemental respetar el derecho de proponer ideales de cambio, ideales distintos a los existentes; proponer un espacio de interacción con los opositores del gobierno, un buen Estado sabe escuchar a sus habitantes.

El caso de México es más importante, es cierto que la globalización y el proceso de adaptación al medio han deteriorado las culturas indígenas en América. Sin embargo, eso no indica que podamos negar la identidad y existencia de estas culturas. Hablar que unas personas dañan la fachada de una ciudad indígena por naturaleza es irónico, y más en un país como México. Podrían implementar excusas diferentes que no afectan a la sociedad y pueden mantener un orden, por ejemplo pueden reubicarlos como hicieron aquí en Bogotá, Colombia., brindándoles un puesto y adaptándolos a la cultura histórica de la ciudad. “Reubicarlos”[2] es diferentes puestos de la ciudad acorde a los gustos de ellos es antes un beneficio monetario y cultural para México. Así que no solo gana el Estado en forma subjetiva, ganan los dos, el indígena obtiene su forma de sobrevivir y se le respetan sus derechos fundamentales además se que se le da un reconocimiento y el sentimiento de aportar culturalmente a su país, el cual fue indígena antes de la “modernización”[3] de Europa aquí en América.

El fetichismo jurídico[4] que se hablará unirá las dos partes en un solo derecho que me parece fundamental y maneja los dos casos, el derecho a la libre expresión, es cierto que el derecho existe para controlar la vida en sociedad del ciudadano, por eso es inaudito que existan problemas entre el Estado y el ciudadano. El derecho es la herramienta de la persona para llegar al Estado, no la herramienta del Estado para alejar al pueblo de su calidad de ciudadano.

Es esencial que los derechos de las personas se respeten y no solo se respeten, si no que en lo posible hagan al Estado como un mal cada vez menos necesario[5]. En estos dos casos especiales se puede usar el derecho como una herramienta de emancipación de la “tiranía del Estado”[6] para que haya una esperanza y una ilusión de la persona de pensar que podrá sobrevivir en esta sociedad que es temible y despiadada.

Por último y como una pequeña reflexiones para nuestros queridos lectores, el derecho es la capacidad de actuar de cada persona, así que depende de cada quien como puede hacer un uso subjetivo del derecho sin afectar el derecho de los demás, recuerden que todos los elementos rodean a la sociedad contienen un carácter moral y que cada quien tiene un concepto distinto de las cosas, pero hay que respetar esa moral universal que se debe respetar, el derecho es una gran herramienta de emancipación de la subyugación del Estado y de beneficios para el diario vivir, pero hay que saber usarla.


[1] Se habla de un “Estado” porque no se puede considerar como tal, es más una figura autoritaria disfrazada de democracia.

[2] Reubicarlos en un sentido estricto, es decir de un beneficio de mutuas partes, tanto las indígenas como la fachada del Estado.

[3] Al momento en que llega el europeo a América, se da un proceso de “europeización” del indígena, a lo cual se le puede llamar “modernización” debido a que en esa época se estaba implantando el modelo “Moderno” en Europa.

[4] Julieta Lemaitre. El derecho como conjuro, fetichismo legal, violencia y movimientos sociales.

[5] Norberto Bobbio. Estado, gobierno y sociedad. Cap. III

[6] Thomas Hobbes, en el Leviatán, dice que el Estado ha sido creado como un ente externo a lo humano que mediante su figura de tiranía implantaría el miedo en los habitantes de la sociedad y que por el miedo podrían vivir en sociedad.

Frente al caso de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres en Colombia el Derecho actúa como una herramienta de control.

Herramienta de control debido a que mediante las disposiciones promulgadas por la Corte Constitucional de Colombia busca no sólo proteger los derechos de las mujeres colombianas sino además, incentiva o desanima llevar a cabo ciertas conductas. Por ejemplo, el aborto en Colombia, el cual desde el año 2006 no es constitutivo delito en tres casos específicos según la sentencia C-355 de 2006, mediante la cual la Corte Constitucional de Colombia lo despenalizó en casos como:

  • La malformación del feto.
  • El riesgo de muerte de la mujer.
  • La violación de la mujer.

Así, una mujer colombiana tiene el derecho de acceder a servicios de salud en cualquiera de los tres casos anteriores y obligarles a que se le sea practicado un aborto si es esa su voluntad.

Un argumento en contra asegura que a pesar de que la Corte Constitucional busque regular el número de casos de aborto en el país,  aún no es clara la cifra de abortos legales que se comenten anualmente. Así, ni el Ministerio de la Protección Social ni La secretaría de Salud ni la publicación médica The Lancet rinden informes compatibles unos de los otros, presentando cada uno cifras diferentes del número de abortos legales realizados en Colombia. Si ésta situación es analizada desde ahí hasta los casos que se dan fuera de los estipulado por la ley se podría cuestionar la eficacia de dicha sentencia desde el impacto que provoca en la sociedad hasta el desconocimiento del número de abortos anualmente dados en nuestro país.

“Ni las cifras oficiales permiten una idea general y creíble de la aplicación real de la ley, ni las organizaciones sociales y organismos internacionales se ponen de acuerdo”[1].

Ahora, mi argumento a favor sobre la eficacia de la sentencia C-355 de 2006 consiste en que al aprobar su realización en esos tres casos determinados se estaría obligando a entidades médicas a prestar dicho servicio aunque no coincida con sus presupuestos morales.

Así como sucedió en el caso de una mujer colombiana que acudió al hospital San Ignacio (adscrito a la Pontificia Universidad Javeriana) de Bogotá con una orden del juez para que le fuese practicado el aborto. El hospital de los jesuitas se negó a prestarle el servicio aunque ella voluntariamente, por malformación del feto, quería interrumpir su embarazo presentando uno de los tres casos en los cuales es despenalizado. La devoción católica de dicha entidad adscrita a la Pontificia Universidad Javeriana no acepta el aborto como alguna medida permitida a realizar en los establecimientos de dicho hospital.

Debido a la violación del derecho de aborto de dicha mujer, el centro asistencial fue sancionado con una multa de 11,53 millones de pesos.

La directora de programas de WLW (Women’s Link Worldwide) justificó dicha decisión señalando: «Porque le fue negado el derecho a la mujer de interrumpir un embarazo cuando el caso cabía dentro de las circunstancias legales»[2].

Por otra parte, el centro asistente “recurrió a la objeción de conciencia institucional para no realizar la intervención médica”, pero aún así su argumento no fue de gran controversia frente al incumplimiento de dicho derecho aunque incluso el derecho a la vida fue expuesto como argumento a favor de la decisión tomada por el hospital San Ignacio de Bogotá.

“… Siendo así las cosas, el Estado no puede —y la Corte Constitucional lo sabe— obligar a terceras personas a cometer delitos. Debe saber entonces la opinión pública que la sanción impuesta al hospital en mención no se fundamenta en el fallo de la Corte Constitucional ni tampoco en ninguna ley, sino en un decreto arbitrario (decreto 4444/06) del Ministerio de la Protección Social”[3].

La sentencia C-355 de 2006 como un fallo vigente e ineludible se torna una herramienta de control en los casos de aborto en Colombia.

Aunque algunos consideran que en Colombia el derecho toma un papel como instrumento de emancipación, basándose en el fetichismo jurídico expuesto por Julieta Lemaitre Ripoll, el cual evoca la capacidad del derecho de engañar y generar una esperanza para que, según éste caso las mujeres crean que la ley si está haciendo algo por ellas, mi posición aún no declina frente a esos argumentos y por ende, así, mediante el caso anterior justifico que el derecho protege y actúa como herramienta de control en los casos que hacen alusión a los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres en Colombia.

Dianny Alejandra Rincon G.

201013786


[1] http://www.elespectador.com/articulo126831-cuentas-y-los-cuentos-del-aborto

[2] http://www.elespectador.com/articulo139731-sancionado-hospital-san-ignacio-negarse-hacer-un-aborto

[3] http://www.elespectador.com/lectores-opinan/columna140700-el-hospital-san-ignacio-y-el-aborto

Brasil: Momento de fetichismo legal para la comunidad LGBT

Publicado: septiembre 13, 2010 de ginnochaparrosilva en Fetichismo Juridico

Actualmente en Brasil se vive una gran revolución en materia de Derechos humanos y en concreto sobre los derechos de los homosexuales, esto en un marco de punga entre sectores conservadores y grupos progresistas en la sociedad. Los grupos conservadores en el caso de Brasil son principalmente instituciones como las fuerzas militares y la iglesia (principalmente), que buscan mantener o frenar los cambios sociales mediante el derecho. Mientras que los grupos progresistas como el gobierno de Lula y en general la comunidad LGBT,  tienden a concebir el derecho como un instrumento para el cambio social y favorecer la diversidad.

En el caso de Brasil la concepción generalizada  del derecho (a juzgar por la declaración de un líder LGBT) aparentemente no es para nada conservadora, lo único en extremo conservador en Brasil es cierta parte violenta de la población y también las  instituciones religiosas. Estas partes de la población propagan varios tipos de discriminación como por ejemplo la discriminación social, que se manifiesta en la violencia física, verbal, asesinatos, etc. También se puede identificar la violencia institucional que se materializa en el rechazo en colegios y por una fuerte posición desfavorable por grupos religiosos.

Este debate entre grupos progresistas y conservadores está marcado por fuertes contrastes. Ciertos sectores conservadores o personas con principios conservadores han mostrado un grado tal de discriminación que en 2008 se registraron 190 homicidios a homosexuales (64% de las víctimas eran gays, 32% travestis y 4% lesbianas.)(Fuente: 180.com.uy), también en agosto del presente año (2010) se registró la muerte de un joven y otros 17 heridos, en una marcha por el orgullo gay, el joven recibió un balazo en medio de una lucha entre grupos rivales (Universogay.com). Por otro lado el gobierno de Brasil en cabeza de su presidente Luis Ignacio Lula Dasilva,  inauguró la I conferencia nacional de LGBT. Así mismo el congreso ha promulgado leyes que consagran el respeto de los derechos LGBT. Por último y no menos importante se tiene la emblemática sentencia mediante la cual se permitió la adopción de una niña a una pareja de lesbianas (Brasil). A pesar de todo este apoyo se ha demostrado como el hecho de “salir del closet” en Brasil es extremadamente peligroso, hasta el punto de perder la vida. Estos son los fuertes contrastes en este debate.

Sin embargo, a mi parecer en Brasil no se puede hablar de un sistema de gobierno conservador, a pesar de que haya manifestaciones violentas que se den en masa, hay que tener en cuenta que socialmente este tipo de actos se han estado reprochando socialmente, lo cual se concretó con dicha ley contra la discriminación homofóbica (Ley 122/2006). Por esta razón puede decirse que son actos que se han convertido progresivamente en hechos aislados. Esta razón es fundamental para ilustrar la concepción institucional de Brasil del derecho. En esta medida se puede decir que se reprocha la violencia contra los nuevos movimientos sociales, ello da muestra de que se les quiere respetar. A pesar de la continuidad del rechazo contra  la comunidad LGBT se tiene legislación contra ello y de lado a esto se tiene al gobierno trabajando por la inclusión social y el respeto por los derechos humanos, el cambio y la diversidad. En conclusión estas circunstancias nos llevan decir que el sistema en Brasil concibe al derecho como un mecanismo de transformación social (En su mayoría),  y que los grupos conservadores no les queda más opción que actuar fuera del derecho (asesinando, discriminando, etc) para frenar un poco lo que les parece mal.

Históricamente han existido las dos concepciones sociológicas del derecho (el ala conservadora y el ala progresista), las dos son antagónicas por su naturaleza contraria y en algunas ocasiones prevalece una sobre la otra. En   todo caso nunca van a dejar de coexistir dado que se perdería la esencia del Derecho, en el sentido en que el derecho en algunas ocasiones frena el cambio social y en otras lo alienta, esto cuando sea necesario en cada caso. En Brasil por ejemplo los grandes cambios sociales hacen necesaria un momento de gran cambio social, “alentado” o aceptado por el Derecho. En esa medida se han dado grandes logros jurídicos sobre derechos LGBT y ello ha llevado a que haya en la comunidad LGBT un fenómeno o momento de gran fetichismo legal (Fetichismo legal, violencia y movimientos sociales. Lemaitre, 2009), es decir de experimentar placer al ser reconocidos sus derechos legalmente. Esto por supuesto en un país con gran cantidad de población LGBT y en un momento de gran transformación social.

Ginno Chaparro Silva (201012539)