Archivos para agosto 29, 2010

Carta a San pedro y su respuesta.

Publicado: agosto 29, 2010 de andresoviedo en Caricaturesco

http://bacteriaopina.blogspot.com/

Una buena caricatura de Bacteria. http://bacteriaopina.blogspot.com/

Algo de havladdorías.

Publicado: agosto 29, 2010 de andresoviedo en Ambito Juridico y Social.

Hola, me encontré esta columna de Alvaro Gomez en el bolg de Vladdo y me parece que nos brinda una visión muy diferente de un tema tan controvertido en nuestra realidad nacional como es el uso y la lucha contra el narcotrafico.

jueves, agosto 26, 2010

“La prohibición de las drogas, una fachada
jurídica”: Álvaro Gómez Hurtado

En 1976, Álvaro Gómez Hurtado, director de ‘El Siglo’, escribió un editorial en el que hablaba de lo absurda que era la guerra contra las drogas. Hace 34 años, él –a quien tantos acusaban de retrógrado y no sé qué otras maravillas– puso el dedo sobre la llaga de una discusión que nadie ha querido dar con seriedad. Por eso reproduzco aquí esa nota, porque esos planteaminetos conservan intacta su vigencia.

¡Cómo nos cuesta, Señor Embajador, cómo nos cuesta!

• Colombia no es agente sino víctima de las drogas
• ¿Qué se puede hacer con un helicóptero contra la Corte?

Todos los colombianos intuimos la magnitud del problema de las drogas aunque carecemos casi completamente de estadísticas al respecto. Somos demasiados pobres para gastar dinero en averiguarlo y no sabemos exactamente para qué nos serviría, como no fuera para configurar la tesis de que estamos librando una batalla perdida de antemano. Nuestra falta de recursos no nos permite, por ejemplo, saber cuántos colombianos somos, porque no ha habido dinero suficiente para terminar el último censo, que parlo demás parece que se inició con vicios insubsa¬nables a posteriori. Nuestras Cuentas Nacionales, base indispensable para el manejo de la economía, se llevan con año y medio de retraso. Las estadísticas de criminalidad son apenas tentativas y tampoco resultan muy confiables las que atañen a nuestros niveles de escolaridad. De manera que cuando alguien afirma, en este caso parece que el Ministerio de Educación, que de cada diez alumnos de enseñanza secundaria, cuatro usan regularmente marihuana, el alcohol o las drogas farmacéuticas, puede estar diciendo la verdad, el doble de la verdad o la mitad de la verdad.

Aunque el pueblo colombiano no “parece” ser especialmente adicto a la droga, estaríamos muy lejos de considerarnos una excepción dentro de este flagelo, que aquí como en otras partes se registra más dramática¬mente entre cierta juventud de mayores recursos y más visiblemente entre la delincuencia. Si Colombia se destaca en el mundo no debe ser cierta¬mente por el elevado consumo interno de estupefacientes sino porque se ha convertido en un centro de producción y comercialización de la droga.

Ello se debe a condiciones peculiares, como la inmensidad de sus costas y fronteras, a lo abrupto del suelo y su fertilidad, a la habilidad manual y comercial de sus habitantes y sobre todo, al bajo costo de esta mano de obra inteligente que tiene, en términos de dólares, un ingreso desproporcionadamente bajo. Nos cayó en suerte que todas estas condiciones, más la ubicación geográfica, nos convirtieran en una estupenda base de opera¬ciones para las actividades ilícitas de la droga.

Si fuésemos realistas, la actitud de los colombianos debería ser la de levantar las manos en señal de impotencia y decirle a la opinión mundial que somos incapaces de luchar contra la droga. El simpático embajador de los Estados Unidos dice que en su país han calculado que se exporta de Colombia hacia los Estados Unidos entre una tonelada y una tonelada y media de cocaína cada mes. Es cifra aterradora, no tanto por la infraestructura que se necesita para producirla, que no parece ser mucha, sino por la magnitud del mercado que consigue.

Según la misma fuente informativa, durante todo el año de 1975, las autoridades colombianas no lograron decomisar sino 1.206 kilogramos de cocaína, lo cual quiere decir que once doceavas partes de ese letal producto cumplieron toda su operación –importaciones de materia prima, cultivos, refinanciación, empaques, contrabando y transporte– a pesar de los esfuerzos combinados de nuestra policía, nuestros guardas aduaneros, nuestros jueces y de un cuerpo especial destinado a la lucha contra los narcóticos. Es decir, que estamos fracasando rotundamente.

Nos hallamos de acuerdo con el embajador de los Estados Unidos en que hay que ir a la raíz misma de tan grave problema. Sólo que esa raíz no la encontramos aquí, en nuestra tierra, en la ineficiencia de nuestra policía o de nuestra administración de justicia, sino que está localizada en la diferencia de capacidad de pago que existe entre los consumidores norteamericanos y la del pobre Estado Colombiano. Se nos dice que hay en Norteamérica 400 mil adictos a la heroína, un millón de usuarios de anfetaminas y casi 300 mil ciudadanos adictos a los barbitúricos. Pues bien, esa porción de los habitantes de los Estados Unidos es mucho más rica que nuestro gobierno. Quienes la integran están en capacidad de sobornar, de comprar favores oficiales, de utilizar medios de comunicación y de transporte, mientras que las finanzas públicas de Colombia se hallan comprometidas en el sostenimiento elemental de nuestras instituciones. Cierto que los Estados Unidos gastan anualmente 17 mil millones de dólares en esta lucha y que nos han hecho una “donación” de seis millones de dólares para que cooperemos con ella. Pero esto no basta para establecer, ni remotamente, un equilibrio entre la potencia económica del delito internacional que nos ha escogido como base de operaciones y nuestra capacidad defensiva. Hoy la maffia que abastece los mercados ricos de los Estados Unidos tiene un dominio incontrastable entre nosotros, porque mata jueces, amedrenta a los investigadores y persigue a los periodistas que se le enfrentan. La prohibición de las drogas no es sino una fachada jurídica que nada tiene que ver con la realidad y que para lo único que sirve es para disimularla.

Si procediéramos con un criterio egoísta, tendríamos que aceptar que mientras más cocaína salga del país, tanto mejor para nosotros, porque resultaría más costosa para nuestros desventurados consumidores. Aplicaríamos cruelmente el dicho aquel de que “salga el alacrán de casa, píquele a quien le picare”.

Porque si los “gastos sociales” de este vicio en los Estados Unidos son altos “en términos de vidas arruinadas por la pérdida de productividad de los adictos y los programas de tratamiento y rehabilitación”, en Colombia tenemos que añadir otro, inconmensurable, más grave, difícil de recuperar: la pérdida de la moral administrativa. En esa lucha sin esperanza estamos sacrificando lo que nos queda de autoridad y de justicia. La corrupción sube todos los días por la escala administrativa. No hay que olvidar que la Corte Suprema de Justicia está pasando por uno de los peores momentos de su historia, precisamente por haber tolerado que se estableciera un trato directo entre sus miembros y los inferiores jerárquicos que tenían en su despacho la investigación de delitos de estupefacientes. Se nos dice que vamos a recibir unos aviones modernos y unos helicópteros. ¿Pero qué podemos hacer los colombianos con un helicóptero frente a la desmoralización de la Corte?

Es importante que no se desnaturalice el fenómeno de las drogas y que no se haga recaer la responsabilidad sobre quienes no la tienen. Tomando en cuenta la magnitud de los intereses que están en juego, podemos afirmar que Colombia no es el sujeto activo de ese tráfico; no es ni siquiera un cómplice de él, sino su víctima. Su mayor víctima, porque es la que más le cuesta.


El Siglo, editorial, octubre 23 de 1976.

El problema el cual se intenta resolver a partir del siguiente ensayo es examinar si Colombia es un sistema jurídico, y si existe más de un sistema jurídico dentro de territorio colombiano; se dan ciertos grupos para detallar si los mismos tienen un sistema jurídico propio o no y por qué.

Se menciona entonces a los grupos paramilitares y guerrilleros, los cuales tienen áreas de dominio sobre el territorio colombiano, implantando ahí sus propias reglas y normas ignorando el ordenamiento jurídico colombiano.

También se trata sobre si los gremios y los grupos indígenas tienen o no un sistema jurídico propio, y si pueden ejercer sus propias normas y leyes.

Comenzaré dando una breve explicación de lo que es un sistema jurídico:

Un sistema jurídico es aquel que se compone de normas, las cuales rigen a una determinada sociedad para su supervivencia y su diario vivir, todo sistema jurídico tiene una norma superior, ésta es la norma que le da validez a todas las normas, es decir todas las normas que existan en un sistema jurídico deben derivarse de la norma superior, para Kelsen, ésta norma superior se llama norma fundamental, según él esta norma esta presupuesta, ya que no puede ser dictada por una autoridad ya que esto conllevaría a que esa norma fuera dictada por otra norma superior, y por lo tanto no se debe cuestionar sobre su validez o no.

Ahora bien, a continuación menciono como aparecieron las guerrillas de izquierda en Colombia.

“…La creación de grupos de guerrilla en el territorio colombiano fue dada gracias a la persecución de los partidos conservadores de la época, las personas con ideales de izquierda fueron desplazados hacia los campos donde tuvieron que armarse para poder sobrevivir frente al sistema de derecha, el cual los perseguía con la policía política[1] (los chulavitas) para su exterminación. Esta fue uno de los principales consecuencias por las cuales en Colombia empezaran a formarse grupos de guerrilla que poco a poco fueron tomando territorios donde no existían la soberanía del estado, por eso es que los grupos de izquierda tienen extensas áreas de territorio colombiano, pero lo que comenzó como una lucha de defensa propia termino en una lucha contra el propio estado…”[2], aquí se podría encontrar el primer hito para examinar si los grupos de guerrilla constituyen o no un sistema jurídico[3], ya que las guerrillas solo buscaban una base geográfica en el Estado colombiano , no buscaban constituir un sistema jurídico.

Las FARC son un grupo guerrillero de izquierda, no son un sistema jurídico, porque no cumple los criterios que según Carlos Santiago Nino son necesarios para que un sistema jurídico exista.

Primero, el grupo guerrillero FARC, no se reconocen como un sistema jurídico, porque las FARC no tienen una norma fundamental, porque Kelsen menciona que ésta está presupuesta, entonces Kelsen menciona «La norma fundante básica es aquella norma que es presupuesta cuando la costumbre mediante la cual la constitución se ha originado o cuando ciertos actos constituyentes ejecutados conscientemente por determinados hombres, son interpretados como hechos productores de normas«[4], la cual podría hacer que obtuviera un sistema jurídico y se diferenciara del colombiano.

Además,  en la cuestión de que las FARC no tienen una norma fundamental, me baso diciéndolo en que lo único importante para las FARC era la toma del gobierno de Colombia, es decir gobernar sobre el Estado colombiano, esto hace pensar que las FARC consideren al estado colombiano como el único Estado, y que la norma fundamental del Estado colombiano sea la constitución, pero mientras tanto tratan de fundar un Estado.

Las FARC quieren ser un Estado[5] pero, a partir de la definición de los elementos de un estado, según Vladimiro Naranjo Mesa, las FARC no tienen un territorio puesto que este no está definido ni estipulado, Kelsen menciona “Un orden jurídico, cuya validez está limitada a determinado espacio: el llamado territorio de estado«[6].

Además al usar el criterio de legislador, las FARC, al querer ser un Estado, empiezan a dictar sus propias normas y leyes; según Kelsen: “Solo una autoridad competente puede establecer normas válidas, y esa competencia solo puede basarse en una norma que faculte a imponer normas”[7] ; lo cual hace invalido el código de las FARC ya que ellos mismo decidieron crearlo, este código es rechazado por muchas países, porque entre otras cosas en un artículo del código de las FARC se menciona que los niños mayores de 15 años son hábiles para militar en sus filas, como combatientes.

Al igual que  Kelsen menciona que a partir de la aparición del Derecho Romano, los jueces ya podían estar preparados para emitir juicios objetivos, ajustados a la norma, y así estaban en capacidad de sustituir a los jueces antiguos, los juicios emitidos por las FARC son subjetivos al hacerles falta el ordenamiento jurídico los respalde.

Algo similar ocurre con los grupos paramilitares, “solo que su creación se dio para defender a los hacendados de las guerrillas de izquierda y ante la imposibilidad del Estado de combatir a la guerrilla en su “guerra sucia””, pero nunca han intentado formarse como un Estado.

Los indígenas son reconocidos por el Estado, es decir éste los reconoce como una población[8] del Estado colombiano, son reconocidos por el Estado según el art. 246 de la constitución de 1991 de Colombia, la cual dice:
“Articulo 246. Las autoridades de los pueblos indígenas podrán ejercer funciones jurisdiccionales dentro de su ámbito territorial, de conformidad con sus propias normas y procedimientos, siempre que no sean contrarios a la Constitución y leyes de la República. La ley establecerá las formas de coordinación de esta jurisdicción especial con el sistema judicial nacional.”. Lo cual hace que los indígenas no tengan un sistema jurídico propio ya que el sistema jurídico colombiano los incluye.

Por su parte,  los gremios son parte del Estado colombiano y están dentro del sistema socioeconómico y cultural del país y aportan al crecimiento del país, pero no tienen la significancia jurídica como para considerarlos como un sistema jurídico, equiparable al sistema jurídico colombiano.

Es cierto que en los gremios existen normas, pero esas normas son facultadas por la Carta Política y no van en contra de la misma, es decir la Constitución le da validez a las normas gremiales, y estas solo se aplican a las personas que trabajen y se sitúen dentro de los gremios; un ejemplo claro es el manual de convivencia en un colegio privado.

En conclusión, Colombia sí tiene un sistema jurídico y es el único dentro del territorio colombiano, además los grupos al margen de la ley no son buen vistos y son catalogados como grupos ilegales por el estado, mientras que los gremios y los indígenas pertenecen al estado colombiano.

BIBLIOGRAFIA

NINO, Carlos Santiago. (1983). Introducción al análisis del derecho. (9ª edición). Barcelona: Editorial Ariel.

NARANJO, Vladimiro. (2006). Teoría Constitucional e Instituciones Políticas. (Decima Edición). Bogotá-Colombia. Editorial Temis S.A.

KELSEN, Hans. (2003) Teoría pura del derecho. (Roberto J.                                  Vernengo, Trad.). México: Editorial Porrúa.

BRAUN, Herbert (2008). Mataron a Gaitán.  Ed. Aguilar

Ley 001 de reforma agraria revolucionaria. (1982). Recuperado el 07 de marzo de 2010, de
http://bolivarsomostodos.org/index.php?option=com_content&task=view&id=374&Itemid=38


[1] Herbert Braun, Cap. IV “La Muerte de Gaitán”.

[2] Clase de Historia, Colegio José Joaquín Castro Martínez.

[3] definiendo que es un sistema jurídico: Carlos Santiago Nino menciona “Preguntarse por la caracterización del concepto de sistema jurídico es otra forma de inquirir por una definición del concepto de derecho, pues “sistema jurídico” y “derecho” en sentido de derecho objetivo se usan como sinónimos” Por derecho objetivo se entiende: Conjunto de ordenamientos imperativos y atributivos que regulan la conducta externa del individuo en sociedad, es decir las normas que rigen el actuar del hombre en una sociedad; el derecho objetivo se puede dividir en público (general) y privado (individual).

[4] Hans Kelsen, Teoría Pura del Derecho, pg.

[5] Según Vladimiro Naranjo Mesa, en su libro Teoría Constitucional e Instituciones Políticas; menciona que para que exista un estado, deben existir tres elementos del mismo, los cuales son: Población, territorio y poder público.

[6] Hans Kelsen, Teoría Pura del derecho, pg.

[7] Hans Kelsen, Teoría Pura del Derecho, pg. 202

[8] Vladimiro Naranjo Mesa, Constitucional e Instituciones Políticas, pg. 100

Por Juan Camilo Osma.

Reforma a la Justicia

Publicado: agosto 29, 2010 de ginnochaparrosilva en Ambito Juridico y Social., Noticias de interes

Por estos días hemos visto al nuevo presidente visitar insistentemente las altas cortes. Por supuesto esto tiene que ver con una de las más ambiciosas reformas a la justicia desde 1991.

¿Es necesaria la reforma?

Hay muchos aspectos que tener en cuenta para analizar si es necesaria o no una reforma a la justicia, pero parecen importantes cuatro: La eficacia, la autonomía, la seguridad jurídica y la formación y procedencia de los magistrados.

Sobre la eficacia se puede decir que la congestión de los procesos judiciales ha sido un eterno problema, ello se debe principalmente a tres factores: la gran cantidad de procesos que llegan a las diversas instancias judiciales, la falta de jueces, fiscales y magistrados (por ejemplo en Bogotá hay tan solo 32 jueces laborales, siendo necesarios 45), y por último el gran recorte al presupuesto que ha sufrido la Rama judicial (“Hemos pedido 3 billones para el 2011 y nos dan 1,9 billones”: Pdte. Consejo superior de la judicatura).

La autonomía de las cortes se ha visto limitada por lo choques frecuentes con el pasado gobierno de Uribe, también por el recorte a su presupuesto – mencionado anteriormente- el cual depende del gobierno y por otro lado el choque entre las cortes mismas. Un ejemplo de ello son las posiciones contrarias de las cortes Constitucional y  la Suprema de justicia, dado que las dos sostienen a la vez que son organismos de última instancia y que no cabe apelación a sus fallos. Otro ejemplo se dio cuando la corte constitucional tuvo que revocar un fallo del Consejo superior de la judicatura en el que intentaba absolver a un condenado.

La seguridad jurídica en Colombia ha quedado múltiples veces en entredicho. Lo que habría que preguntarse es si se debe a la falta de formación de los jueces o corrupción en el poder judicial. Solo por ilustrar el caso se tiene la condena a un Almirante de la Armada, que fue condenado sobre la base de un testigo que relató con lo que podría calificarse de chisme o el popular “me dijeron que…”. Otro caso de inseguridad jurídica se dio en el proceso contra el Coronel en retiro Alfonso Plazas Vega, en donde se presentó un supuesto militar como testigo, pero este nunca figuró en la base de datos de las fuerzas militares.

Frente a la formación general de la rama judicial, se podrían criticar muchas decisiones fuera del Derecho y las leyes, como las condenadas por el consejo superior de la judicatura (155 condenas a funcionarios por la sala disciplinaria). Sin embargo ellas están orientadas a jueces y fiscales de bajas instancias, y no a los magistrados de las altas cortes.

En general se tiene un momento de crisis por las confrontaciones entre las cortes y en atención a que han habido 7 intentos de desaparecer el Consejo Superior de la Judicatura desde su creación, todo esto y otros factores afectan al ciudadano al momento de necesitar soluciones jurídicas por parte del Estado Colombiano. En conclusión podemos decir que es necesaria una reforma fundamental a la rama judicial pero… en concreto, ¿que busca reformar el gobierno?

Lo Bueno y lo Malo de la reforma:

El proyecto de reforma es el resultado de un profundo estudio de los problemas de la rama judicial por parte de algunos de los funcionarios del gobierno. “La reforma del Gobierno recoge en mucho las propuestas de la Comisión de Expertos, en la cual participaron magistrados, los presidentes de la Corte Suprema y del Consejo de Estado, ex magistrados, juristas, académicos y ONG, comisión que a su vez había hecho consultas.”: (El Tiempo). Es importante mencionar que la reforma busca modernizar la rama judicial, simplificar los procesos judiciales, facultar al ciudadano para “apelar” las decisiones judiciales mediante tutela, suspender la vigencia de algunas leyes mientras se revisa su constitucionalidad, darle a la rama suficientes recursos, entre otros muchos.

Este proyecto tiene en general muy buenas intenciones, para mejorar el funcionamiento de la rama judicial y la vida de los colombianos. Sin embargo hay que resaltar ciertos puntos que aquí se tienen como de especial riesgo para el país y la seguridad jurídica, fundamentalmente son cuatro:

  1. El proyecto busca reformar 27 artículos constitucionales. Lo cual es de gran trascendencia  pondría al legislativo en una ardua e importante tarea. Del mismo modo significaría que la carta magna estaría reformándose nuevamente sobre el entendido que ya esta cambiada más de media.
  2. El proyecto busca darle la facultad al ciudadano de “apelar” mediante tutela, los cual deterioraría la seguridad jurídica, en la medida en que la tutela es de protección inmediata y no da el suficiente tiempo para revisar adecuadamente el caso.
  3. Se busca darle facultades jurisdiccionales a notarios y abogados, lo cual agiliza el proceso pero deteriora nuevamente la seguridad jurídica, en la medida en que se puede dudar de la formación de estos entes e individuos y otorga oportunidades a la corrupción
  4. Se busca eliminar el Consejo Superior de la Judicatura y esto significa según su presidente: “Implicaría un pernicioso retroceso. Se desperdiciaría una valiosa experiencia en materia administrativa y disciplinaria.” Lo cual se quiere compensar con la creación del Consejo Superior de Justicia, con miembros como los presidentes de todas las cortes y otros funcionarios del Estado en relación con la justicia lo cual sería un gran aporte para la conciliación entre las cortes y su control mutuo. Sobre esto hay que objetar que el gobierno organizaría la rama casi que a su acomodo y habría que revisarlo.

El Tiempo/El Espectador/El Universal

Ginno Chaparro Silva